Ley General del Sistema Nacional de Información en Materia de Seguridad Pública
¿Protección necesaria o vigilancia sin límites?
¿De dónde venimos?
Durante décadas, México ha contado con un marco constitucional que protege la privacidad de las comunicaciones. El artículo 16 establece que toda intervención en llamadas, mensajes o datos personales requiere orden judicial. Este principio se ha complementado con leyes como:
- La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP)
- La Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO)
- Lineamientos técnicos emitidos por el INAI
Sin embargo, los mecanismos de control han sido débiles. Casos como el espionaje con Pegasus en 2017, donde el Estado intervino ilegalmente a periodistas, activistas y opositores, evidencian la urgencia de revisar cómo se ejerce el poder de vigilancia en México.
¿Qué cambió con la nueva ley?
En junio de 2025, el Congreso aprobó la Ley General del Sistema Nacional de Información en Materia de Seguridad Pública, una reforma profunda que busca fortalecer la seguridad nacional mediante la centralización del acceso a bases de datos sensibles por parte del Estado.
Pero diversos sectores —desde organizaciones civiles hasta expertos constitucionalistas— la han señalado como una posible “ley espía” por sus implicaciones.
Puntos más críticos de la actualización a la Ley General del Sistema de Información en Materia de Seguridad Pública:
- Acceso sin orden judicial a bases de datos como:
- CURP biométrica
- Información fiscal del SAT
- Geolocalización y metadatos telefónicos
- Registros vehiculares, migratorios e inmobiliarios
- Creación de una Plataforma Nacional de Seguridad, interoperable entre autoridades.
- Relajamiento de controles judiciales, permitiendo accesos sin supervisión previa.
¿Contradice la ley de protección de datos vigente?
Sí. La nueva ley entra en conflicto con pilares de la legislación actual sobre protección de datos. Estas son algunas de las diferencias más relevantes:
Principio | Antes | Ahora |
Consentimiento | Se requería autorización del titular | Puede omitirse en casos de seguridad |
Control judicial | Requerido para intervenir comunicaciones | No se exige en todos los accesos |
Finalidad | Limitada al propósito autorizado | Amplia, con fines múltiples e interconectados |
Derechos ARCO | Garantizados por ley | No se aseguran ante uso estatal |
Supervisión | INAI como garante | No se contempla su participación |
Comparativa: Plataforma México, CISEN y la nueva ley
- Objetivo:
- Antes: Conectar datos policiales entre niveles de gobierno
- Ahora: Centralizar identidad, movilidad, salud, telecomunicaciones y más
- Tipo de datos:
- Antes: Detenciones, armas, antecedentes
- Ahora: Datos biométricos, fiscales, migratorios, salud, propiedades
- Acceso:
- Antes: Limitado, con convenios u orden judicial
- Ahora: Masivo y cruzado, sin filtro judicial previo
- Supervisión judicial:
- Antes: Parcial
- Ahora: Eliminada en muchos casos
- Riesgo político:
- Antes: El CISEN fue acusado de espionaje
- Ahora: Se legaliza el acceso sin contrapesos
- Separación de funciones:
- Antes: División entre inteligencia y policía
- Ahora: SSPC concentra inteligencia, operación y acceso a datos
- Transparencia:
- Antes: Limitada, sin informes públicos regulares
- Ahora: Sin obligaciones claras de auditoría o rendición de cuentas
Argumentos a favor
- Mejora la coordinación institucional
- Facilita respuesta ante delitos complejos
- Profesionaliza operaciones antes no reguladas
- Integra tecnología a la estrategia de seguridad
Riesgos y críticas
- Debilita principios constitucionales de privacidad
- Centraliza el poder sin contrapesos
- Aumenta el riesgo de espionaje y criminalización
- Abre puertas al uso indebido de información personal
¿Qué hacen otros países?
Alemania:
Las leyes de vigilancia deben pasar por estrictos filtros judiciales y revisión proporcional. La Corte Constitucional ha invalidado normas sin garantías.
Reino Unido:
El Investigatory Powers Act exige orden judicial y auditorías externas. Se crean tribunales independientes para supervisión.
Brasil, Argentina y Colombia:
El derecho al habeas data protege a los ciudadanos. Se requiere orden judicial para acceder a bases de datos o comunicaciones privadas.
Estados Unidos:
Aunque la vigilancia está sujeta a la Cuarta Enmienda, existen excepciones preocupantes como la Sección 702 de FISA y la compra de datos a intermediarios privados (data brokers) sin necesidad de orden judicial.
Postura de zafe global ante la Ley General del sistema Nacional de Información en Materia de Seguridad Pública
En zafe global reconocemos que el crimen organizado opera con recursos tecnológicos, logísticos y financieros comparables a los de un Estado. Por ello, dotar al gobierno de herramientas modernas es necesario y legítimo.
Pero también sabemos que la seguridad no puede construirse desde la opacidad ni el miedo. Apostamos por una tecnología responsable, basada en legalidad, transparencia y protección de derechos humanos.
Proteger no es vigilar sin control.
Es actuar con inteligencia, ética y límites. Desde nuestra experiencia en movilidad segura y cultura de prevención, creemos que es posible un México más seguro sin sacrificar nuestra privacidad.
¿Qué garantías mínimas debemos exigir?
- Orden judicial previa
- Supervisión independiente
- Registro y trazabilidad de accesos
- Transparencia de uso
- Protección efectiva de datos
- Revisión legislativa periódica
- Protección reforzada a grupos vulnerables
- Derecho ciudadano a saber, corregir y oponerse
Reflexión final
Fortalecer al Estado frente al crimen no puede implicar debilitar el Estado de derecho. La historia —en México y en el mundo— nos enseña que sin supervisión, las herramientas para proteger pueden volverse instrumentos de represión.
Desde zafe global apostamos por un enfoque basado en legalidad, transparencia y derechos humanos. Porque un país verdaderamente seguro no es aquel que lo vigila todo, sino aquel que cuida con justicia y respeta la libertad.
🔐 #PorUnMéxicoMászafe, donde proteger no signifique renunciar a vivir en libertad.
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